El registro implica un proceso de dos pasos:
- Primero, crea un cuenta USCIS en línea.
- En segundo lugar, utilizando su cuenta de USCIS, complete el Formulario G-325R en línea, Información biográfica.
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Última actualización: 21 de abril de 2025
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Ley de Inmigración y Nacionalidad (“INA”) § 262 y 8 CFR § 264.1 requiere registro de ciertos no ciudadanos. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS”) es ahora en vigor este requisito.
El registro implica un proceso de dos pasos:
La falta de registro es un asunto civil que podría dar lugar a sanciones penales y civiles si se determina que hubo dolo. Dichas sanciones podrían incluir el procesamiento por delitos menores y la imposición de multas.
Ha sido parte de nuestras leyes durante mucho tiempo, pero rara vez se ha aplicado en los últimos años.
Después del 9 de septiembre de 11, los hombres de varios países mayoritariamente musulmanes tuvieron que registrarse en el Sistema Nacional de Registro de Entradas y Salidas (NSEERS, por sus siglas en inglés). Muchos de los inscritos fueron detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés).
In Rajah contra Mukasey, 544 F.3d 427 (2do Cir. 2008) El Segundo Circuito sostuvo que NSEERS fue autorizado por un similares estatuto (EN) § 263). y no violó Eque Pprotección o la Cuarta o Quinta Enmienda. Con respecto a argumentos que el Investigadores nacionales de investigación Los requisitos de registro implican la obligación auto-incriminación, en violación de la Quinta Enmienda, La corte rechazó este argumento a la luz de <font dir="auto" style="vertical-align: inherit;">las </font> "registros requeridos" doctrina y permitió que el programa se mantuviera.
El Departamento de Seguridad Nacional (“DHS”) dejó de utilizar NSEERS en 2011 y retiró la regulación de NSEERS el 12/23/2016.
Según el artículo 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA):
Según el Título 8 CFR § 264.1 y las directrices del USCIS, los siguientes ya están registrados y/o no necesitan registrarse:
La cuestión de si se debe presentar o no la solicitud plantea un dilema clásico:
El registro no protege contra cargos criminales: DHS podría de todos modos presentar ciertos cargos criminales contra los inscritos.
Los posibles cargos criminales incluyen, sin limitación:
En el caso de estos delitos, los cargos deben presentarse en un plazo de cinco años. Véase el artículo 5 del título 18 del Código de los Estados Unidos.
Sólo podemos plantear la difícil elección entre registrarse o no registrarse. No podemos aconsejar al cliente qué opción elegir. Sin duda, no podemos aconsejarle que viole la ley (ya que tal consejo violaría las Reglas de Conducta Profesional), ni que tome medidas para ocultar o evadir la detección por parte del ICE (lo que podría constituir encubrimiento).
Al igual que con todos los asuntos legales, podemos explicar los factores que el cliente debe considerar aquí (por ejemplo, disponibilidad de alivio migratorio; tiempo en los EE. UU.; posibilidad de que si es detenido, el cliente sea trasladado a un lugar lejos de su hogar; posibilidad de que si es detenido, el cliente no tenga acceso a un abogado que lo represente; etc.), para ayudar al cliente a tomar una decisión lo más informada posible.
Factores a favor de cumplir con el registro:
Factores en contra del cumplimiento del registro:
La información contenida en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta información no tiene como objetivo crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar en función de ninguna información sin consultar a un asesor legal profesional.