Esta ley permite que las personas que han sido condenadas por ciertos delitos penales sellen sus condenas. Después de sellar las condenas de una persona, los registros de las condenas selladas se mantendrán confidenciales para la mayoría de las entidades. Según la ley del estado de Nueva York, la mayoría de los empleadores y las agencias no pueden preguntar ni considerar condenas selladas al tomar decisiones de contratación y concesión de licencias.
Lo que necesita saber sobre el sellado de sus condenas penales
Según una ley reciente del estado de Nueva York (CPL § 160.59), algunas personas podrían obtener el sellado de sus condenas penales. Aquí le explicamos lo que debe saber sobre la ley de sellado y el proceso.
¿Qué es la nueva ley de sellado de Nueva York (Ley de Procedimiento Penal § 160.59)?
¿Cómo sé si soy elegible para que se sellen mis condenas penales?
Usted es elegible para sellar sus convicciones bajo la nueva ley de sellado de Nueva York si:
- Solo tiene una o dos condenas penales. Las adjudicaciones de delincuentes juveniles, las adjudicaciones de delincuencia juvenil y las infracciones no penales NO son condenas penales;
- No tiene más de una condena por delito grave;
- No está solicitando sellar un delito no elegible (consulte los delitos enumerados a continuación);
- No fue condenado por un delito después de la última condena que desea sellar;
- No tiene casos penales abiertos;
- Han pasado al menos 10 años desde que fue sentenciado por su última condena penal y desde que fue puesto en libertad por última vez por una condena penal; y
- No está obligado a registrarse como delincuente sexual según la ley de Nueva York.
¿Qué delitos son elegibles para ser sellados bajo la nueva ley de sellado?
Muchas condenas penales pueden sellarse bajo la nueva ley. Sin embargo, las condenas por los siguientes delitos son inelegibles y no pueden ser selladas bajo la nueva ley:
- Delitos sexuales enumerados en la Ley Penal art. 130 y Ley Penal art. 263
- Cualquier otro delito que requiera el registro de delincuentes sexuales
- Delitos de homicidio tipificados en la Ley Penal art. 125
- Todos los delitos graves de clase A
- Delitos violentos definidos en la Ley Penal § 70.02
- Delito grave de conspiración para cometer uno de los delitos anteriores
- Intento de delito grave de cometer uno de los delitos anteriores
- condenas federales
- Condenas fuera del estado
- Incluso si ha sido condenado por uno de estos delitos, aún puede sellar otros delitos elegibles si cumple con los requisitos enumerados anteriormente.
¿Cómo solicito que se sellen mis convicciones?
Si solo está solicitando sellar una condena, debe presentar la solicitud al tribunal donde fue condenado. Si está solicitando sellar dos condenas, debe presentar la solicitud ante el tribunal en el que fue condenado por el delito más grave o, si ambas condenas tienen la misma clasificación de gravedad, ante el tribunal en el que fue condenado más recientemente. Puede llenar la solicitud usted mismo. Hacer clic aquí fo más información. Case Closed at The Legal Aid Society también brinda asistencia para completar solicitudes de sellado. Nuestra línea directa gratuita es: 212-298-3120 y nuestro correo es CasoCerrado@Legal-Aid.org.
¿Cuál es el proceso una vez que presento mi solicitud para sellar mis convicciones?
Si el fiscal de distrito se opone, habrá una audiencia sobre la solicitud donde el tribunal considerará cualquier evidencia ofrecida por cualquiera de las partes. Si el fiscal de distrito no se opone, el tribunal puede fallar sobre la solicitud sin una audiencia. El tribunal considerará cualquier factor relevante, incluyendo:
- La cantidad de tiempo que ha transcurrido desde su última condena;
- Las circunstancias y la gravedad de los delitos que solicita sellar, incluido si el cargo de arresto original era un delito elegible;
- Las circunstancias y la gravedad de cualquier delito que no esté aplicando para sellar;
- Su carácter, incluidas las medidas que haya tomado para la rehabilitación, como participar en programas de tratamiento, trabajo o educación, y participar en servicios comunitarios u otros programas de voluntariado;
- Cualquier declaración hecha por la víctima del delito por el cual busca sellar;
- El impacto de sellar su registro en su rehabilitación y en su reingreso y reintegración exitosos y productivos en la sociedad; y
- El impacto de sellar su registro en la seguridad pública y en la confianza del público y el respeto por la ley.
- No hay un cronograma establecido para este proceso. Después de que se otorga el sellado, debe obtener una copia oficial de la orden de sellado del tribunal donde presentó su solicitud de sellado. También debe presentar la formulario de verificación de sellado a la División de Servicios de Justicia Criminal para asegurarse de que el registro de condena haya sido debidamente sellado.
¿Quién podrá ver mis registros sellados?
Todos los registros y documentos oficiales relacionados con sus arrestos, enjuiciamientos y condenas en los archivos de la División de Servicios de Justicia Penal ("DCJS") o cualquier tribunal serán sellados y no estarán disponibles para la mayoría de las personas, empleadores y agencias. Los registros de sus casos sellados no deberían aparecer en la mayoría de las verificaciones de antecedentes ni en la mayoría de las hojas RAP.
Si el tribunal aprueba su solicitud, sus condenas penales selladas solo pueden ser revisadas por las siguientes personas y agencias:
- Usted (o su agente designado)
- Agencias calificadas que llevan a cabo tareas judiciales y de cumplimiento de la ley (incluidos libertad condicional, servicios de protección infantil, fuerzas policiales, médicos forenses, inmigración y otros)
- Funcionarios o agencias estatales o locales al revisar las solicitudes de licencias de armas de fuego
- Empleadores cuando solicita un trabajo de aplicación de la ley, incluso para convertirse en oficial de policía, oficial del orden público o para un empleo civil en un departamento de policía
- Funcionarios del FBI realizarán verificaciones de antecedentes de personas que compren o posean armas de fuego
¿Los empleadores y las agencias de licencias pueden preguntar sobre mis condenas selladas?
En el estado de Nueva York, a la mayoría de los empleadores y agencias de licencias no se les permite preguntar por usted ni discriminarlo sobre la base de sus condenas selladas. A menos que el empleador o la agencia de licencias caiga en una excepción, es ilegal que le pregunten o discriminen contra usted en función de sus condenas selladas. Las excepciones son:
- Si está solicitando una licencia de armas,
- Si está solicitando convertirse en oficial de policía o agente del orden público,
- Si está solicitando trabajo para una agencia de aplicación de la ley,
- Si está solicitando trabajo para el gobierno federal o está solicitando una licencia emitida por el gobierno federal, o
- Si está solicitando un trabajo o una licencia regulada por el gobierno federal, y el gobierno federal permite o requiere que la agencia de trabajo o de licencias pregunte acerca de las condenas selladas.
¿Cómo debo responder si un empleador o una agencia de licencias me pregunta sobre mis condenas selladas?
Si un empleador o agencia de licencias no cubierta por una excepción le pregunta si tiene una condena penal o si alguna vez ha sido condenado por un delito, la ley de Nueva York le permite responder "no" si todas sus condenas penales han sido selladas. Si una de sus condenas aún no está sellada, la ley de Nueva York le permite divulgar solo la condena no sellada.
Si está solicitando un puesto o licencia que es una excepción a la Ley Ejecutiva § 296(16) (consulte más arriba una lista parcial de excepciones), debe revelar sus condenas selladas en cualquier pregunta que pregunte sobre arrestos o condenas anteriores.
Si no revelo mis condenas selladas a un empleador o agencia de licencias que tiene prohibido preguntar sobre condenas selladas, ¿puede el empleador o la agencia de licencias negarme el trabajo o la licencia?
Si no revela sus condenas selladas cuando el empleador o la agencia le preguntan acerca de sus antecedentes penales, existe un pequeño riesgo de que el empleador o la agencia las averigüe indebidamente. Si esto sucede, el empleador o la agencia pueden amenazarlo con negarle el empleo o tomar otras medidas en su contra en base a su supuesta “deshonestidad”.
Si esto sucede, debe explicarle al empleador oa la agencia que es ilegal que pregunten sobre condenas selladas y que proporcionó toda la información que estaba legalmente obligado a proporcionar. Si el empleador o la agencia continúan negándole el empleo o la licencia ilegalmente o toman otras medidas en su contra debido a que no reveló sus condenas selladas, es posible que tenga derecho a emprender acciones legales contra ellos. Si desea asistencia para defender sus derechos, comuníquese con el Proyecto de Justicia para los Trabajadores de The Legal Aid Society llamando al 888-663-6880 o enviando un correo electrónico WorkerJustice@legal-aid.org.
Después de recibir una orden judicial que confirme el sellado de mis condenas, ¿cómo puedo verificar que mis condenas hayan sido debidamente selladas en las bases de datos de la corte?
DCJS a veces no sella adecuadamente las condenas. Si las condenas no están debidamente selladas, aún pueden aparecer en las bases de datos de la corte y en las verificaciones de antecedentes. Como tal, es una buena idea ponerse en contacto con DCJS para verificar que sus convicciones estén debidamente selladas.
El formulario de verificación se puede encontrar aquí. Puede enviar el formulario, junto con las órdenes de sellado, a DCJS por correo.
¿Mis antecedentes penales sellados aparecerán en una verificación de antecedentes?
Las condenas selladas no deben aparecer en ninguna verificación de antecedentes realizada por un empleador o agencia de licencias, a menos que esté solicitando un trabajo como oficial de policía o agente del orden público o esté solicitando una licencia de armas.
Si hay un error en su verificación de antecedentes, debe disputar cualquier error enviando a la empresa de verificación de antecedentes una explicación por escrito de lo que deben corregir junto con evidencia que respalde su disputa, como una fotocopia del "certificado de disposición" del caso penal relevante.
Renuncia de responsabilidad:
La información en este documento ha sido preparada por The Legal Aid Society solo con fines informativos y no es un consejo legal. Esta información no pretende crear, y recibirla no constituye, una relación abogado-cliente. No debe actuar sobre ninguna información sin contratar un asesor legal profesional.
En esta página
- Resumen
- LPC § 160.59
- Elegibilidad para el Sellado
- Ofensas no elegibles
- Cómo solicitarlo
- Proceso de Solicitud
- Visibilidad
- Empleadores y agencias
- Preguntas para empleadores y agencias
- Divulgaciones para empleadores y agencias
- Verificar que las condenas estén selladas
- Revisión de antecedentes
- Renuncia de responsabilidad: