Solicitar Medicaid
Si necesita atención domiciliaria, debe solicitar Medicaid en su Departamento de Servicios Sociales local (Administración de Recursos Humanos en la ciudad de Nueva York). Puede acudir a una oficina de Medicaid o Solicite en línea a través de Access HRA..
Complete la evaluación estatal requerida.
El estado de Nueva York utiliza un proceso de evaluación llamado Programa de Evaluación Independiente de Nueva York (NYIAP, por sus siglas en inglés) para determinar si una persona cumple con los requisitos para recibir atención a largo plazo en la comunidad. Esta evaluación determinará si usted es elegible para recibir servicios. Es muy importante que le explique al evaluador todas sus necesidades y las tareas que no puede realizar por su cuenta. Si se determina que usted no es elegible para recibir servicios, encontrará información en la notificación sobre cómo solicitar una Audiencia Imparcial. Puede comunicarse con el NYIAP al 855-222-8350.
Inscríbase en un plan MLTC y complete una evaluación del plan.
La mayoría de las personas que cumplen los requisitos para recibir atención domiciliaria deberán inscribirse en un Plan de Atención a Largo Plazo Administrada para recibir dichos servicios. Si cumple los requisitos, recibirá información sobre cómo elegir un plan e inscribirse. El plan realizará una evaluación previa a la inscripción y elaborará un plan de atención (que incluye la cantidad de horas de atención domiciliaria que recibirá por semana). Puede ser evaluado por varios planes, pero no podrá impugnar el plan de atención recomendado antes de inscribirse en uno.
Reciba un plan de atención.
Su plan aprobado debe especificar los servicios autorizados para usted, incluyendo el tipo y la cantidad de atención domiciliaria y cuándo se reevaluarán sus necesidades.
El programa MLTC de Nueva York puede proporcionar servicios que incluyen cuidado personal, servicios de asistencia sanitaria a domicilio, enfermería, terapias y servicios de asistencia personal dirigida por el consumidor.
Cambio importante
Desde el 1 de septiembre de 2025, Nueva York cuenta con requisitos adicionales de necesidades mínimas para muchas personas que buscan servicios de cuidado personal (PCS) o servicios de asistencia personal dirigida por el consumidor (CDPAS). En general, una persona debe necesitar al menos asistencia limitada para realizar más de dos actividades de la vida diaria (AVD), con reglas diferentes para personas con enfermedad de Alzheimer o demencia. Algunas personas que ya recibían servicios o estaban inscritas de forma continua antes del 1 de septiembre de 2025 podrían estar cubiertas por los criterios anteriores. Estos cambios han dificultado la determinación de la elegibilidad para la atención domiciliaria. Por ello, es muy importante que exprese todas sus necesidades y limitaciones durante la evaluación.