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02/02/2026

CLÍNICA contra Rubio

La Sociedad de Asistencia Legal, en representación de demandantes individuales y la Red Católica de Inmigración Legal, Inc. (CLINIC), presentó esta demanda contra el Secretario de Estado Marco Rubio y el Departamento de Estado de los Estados Unidos (DOS) para impugnar la suspensión del procesamiento de visas de inmigración para ciudadanos de 75 países. Esta suspensión, que entró en vigor el 21 de enero de 2026, suspende ilegalmente el procesamiento de visas de inmigración, argumentando que los solicitantes podrían convertirse en una carga pública o depender principalmente de las prestaciones públicas estadounidenses.

Esta pausa se basa en la definición expansiva de carga pública de la Administración Trump. Si bien históricamente la designación de carga pública se ha reservado únicamente para inmigrantes que reciben asistencia financiera o atención institucional a largo plazo financiada por el gobierno, la Administración ha buscado ampliar la definición de carga pública para que se aplique a los inmigrantes que reciben cualquier beneficio público, incluyendo SNAP, Medicaid y subsidios de vivienda. Los intentos del Departamento de Estado de ampliar la definición de carga pública exceden ilegalmente la autoridad legal de la agencia, anulando el significado establecido del término, ratificado por el Congreso. La pausa en el procesamiento de visas es igualmente ilegal, ya que viola no solo la Ley de Procedimientos Administrativos, sino también la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

En una importante victoria para las familias, la justicia y el estado de derecho, un tribunal federal de Nueva York anuló la prohibición general del gobierno de Trump, basada en la nacionalidad y que exigía la condición de "carga pública", para el procesamiento de visas de inmigrante para personas de 75 países. El tribunal sostuvo que la prohibición excede la autoridad legal y reglamentaria del Secretario de Estado y viola la Sección 1152(a)(1)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1965, que prohíbe la discriminación por motivos de nacionalidad en la emisión de visas. En su decisión, el tribunal también dejó sin efecto cualquier denegación de visa basada únicamente en dicha prohibición y ordenó al Departamento de Estado que restableciera la evaluación legal y personalizada de las solicitudes de visa.